Boletín OIJ: Actualidad Policial
Cuando una persona es agredida sexualmente en Costa Rica, tiene la opción para poder ser atendida de inmediato y que inicie un proceso judicial en contra de su agresor, este proceso se llama: Protocolo de las 72 horas.
La medida que rige desde el 2011, es utilizada para atender los casos de mujeres y hombres que sufren alguna violación o ataque sexual y que, en las primeras 72 horas después de la agresión, recurren a un centro médico o a la Fiscalía.
Las unidades médico legales (que son las que ven estos casos y laboran 24/7) pasaron de ser las cuatro que operaban previo a la implementación del protocolo, a 14 en la actualidad (13 especializadas y la central de Medicatura Forense, en San Joaquín de Flores); al tiempo que hay 16 hospitales en todo el país capacitados para brindar el servicio sanitario y de medicamento a las víctimas.
El protocolo de las 72 horas es un programa institucional declarado de interés nacional por parte del Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica (MIDEPLAN).
En él se articula la acción de instituciones como el Ministerio de Salud, el Sistema de Emergencias 9-1-1, la Fuerza Pública, la Cruz Roja Costarricense, el Poder Judicial, el Ministerio Público, el Organismo de Investigación Judicial (OIJ), los Departamentos de Trabajo Social y Psicología de Medicina Legal y de Ciencias Forenses del Poder Judicial, la Oficina de Atención y Protección a la Víctima del Delito, la Defensa Pública y la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS).
El especialista en violencia de género, trata de personas, y tráfico ilícito de migrantes del Organismo de Investigación Judicial, Roberto Pérez, detalla la funcionalidad que tiene el protocolo en la atención de estas víctimas.
“Este delito de violación sabemos es complicado y doloroso para las víctimas, contamos nosotros en el poder judicial con el protocolo institucional para la atención de las personas ofendidas, el proceso tiene como sentido la recolección de prueba importante para la investigación y ante todo la atención integral a la víctima, que al final es lo más importante, se suma además la toma de la denuncia y otras circunstancias vitales para el análisis judicial. Además, se brinda una atención forense y clínica a la persona agredida sexualmente, esto para un suministro de un tratamiento profiláctico para evitar el contagio del VIH SIDA. El protocolo está diseñado para que en el momento que una persona víctima se aproxime a una de las sedes del Organismo de Investigación Social, del Ministerio Público o Fiscalía a denunciar que ha sido victima del delito de violación se aplique de inmediato el proceso”, señaló Pérez.
¿Por qué 72 horas?
Los Científicos han determinado que el antirretroviral o profilaxis funciona en ese periodo de tiempo (72 horas) después de haberse presuntamente expuesto a la enfermedad tras un ataque sexual o violación, se presume que en ese periodo la persona pudo ser expuesta a un contagio y por eso se cuentan con ese lapso de tiempo para que los medicamentos profilácticos funcionen en la paciente.
“Acá en el Organismo de Investigación Judicial se inicia con el protocolo junto con el personal especializado en delitos sexuales por parte del Ministerio Público y de la Fiscalía de Género, quienes son los encargados en ese momento de la toma de la denuncia formal de la persona afectada. Si la persona víctima es una menor de edad será acompañada por un funcionario de trabajo social del Poder Judicial para brindarle una contención. Si la ofendida es mayor de edad, interviene la Oficina de Protección de Víctimas y Testigos del Ministerio Público para que igualmente un funcionario de esa entidad pueda brindarle un apoyo, una contención en el momento del abordaje y la toma de la denuncia respectiva durante el proceso del protocolo.
“Como parte de este protocolo y después de realizada la denuncia y el abordaje por parte del trabajador social o bien el funcionario de la oficina de atención a la víctima, la persona ofendida será valorada por un médico forense, el cual iniciará el proceso con un examen físico de la persona afectada para poder terminar el tipo de lesiones que esta presenta y además, tomará muestras a la ofendida o el ofendido las cuales serán remitidas a los laboratorios forenses para la extracción y búsqueda de fluidos biológicos, estos eventualmente se utilizarán para realizar comparaciones futuras de ADN”, detalló Pérez.
Tras finalizar este proceso, la víctima será traslada de inmediato a un centro médico autorizado para que pueda no solo recibir atención clínica, sino también psicológica. “Los funcionarios judiciales serán los encargos del traslado al hospital, que por lo general corresponde a un centro médico central o de cabecera, en el caso de San José están los Hospitales San Juan de Dios, Hospital México, Hospital Calderón Guardia y el Hospital Nacional de Niños. En estos centros hospitalarios se les da un abordaje clínico en el área de emergencias y posteriormente pasará al área de ginecología donde se determinará si la persona es apta para recibir el tratamiento antirretroviral o profiláctico para el tema del contagio de la enfermedad VIH SIDA. Este protocolo funciona las 24 horas del día todos los días del año y es completamente gratuito”, recalcó el funcionario judicial.
Contratiempo
Es muy importante que las personas sepan que en el momento en que sean víctimas de un ataque sexual o una violación, es vital, que en la medida de lo posible, puedan acudir rápido a una instancia judicial, porque permite a las autoridades actuar en menor tiempo. “En este tipo de hechos el tiempo es crucial porque entre menos tiempo pase de la exposición física al contagio venéreo, el medicamento va a ser más efectivo, para así evitar la enfermedad. Para situaciones de prueba y otras circunstancias que son de interés para la investigación judicial y proceso penal es importante que la formulación de la denuncia sea rápida. Si una víctima está en un centro médico por lesiones sufridas
tras el ataque sexual, los funcionarios judiciales podrán trasladarse al hospital respectivo y ahí se realizará el abordaje integral en beneficio de la persona ofendida y en beneficio del proceso judicial. El protocolo está pensado en la víctima, que acaba de ser atacada, tomando en cuenta que atraviesan por un momento difícil, muy doloroso y claramente entendemos esa situación por eso le damos ese apoyo eficaz”, agregó Pérez.
Denuncias
En el año 2019, se atendieron 506 denuncias de violaciones o ataques sexuales, de estas, el 86.36% fueron mujeres y el 13.64% fueron hombres. Sin embargo, el 81% de las personas masculinas agredidas eran niños. En el 2020 ocurrió algo similar: el 90% de los casos de activación del protocolo fueron mujeres y el 10% fueron hombres. De ese grupo de hombres, el 76% correspondía a niños.
La tendencia se mantuvo para el 2021, cuando en los primeros nueve meses del año el 80% de los protocolos fueron activados por mujeres y el 20% por hombres, pero de esos hombres el 90% eran menores de edad. En el 2022 se registraron 470 casos de agresiones sexuales, de esos 229 fueron menores de edad. Para el 2023 el total de denuncias fue de 503 casos, la mitad de las personas fueron menores de edad.
Recomendaciones
- Denunciar
- Buscar ayuda (Fuerza Pública, 911)
- En la medida de lo posible, evitar bañarse (para evitar que fluidos biológicos se pierdan, ya que estos son vitales para la investigación)
- Evitar cambiarse de ropa
- Utilizar protector diario neutro (para evitar fuga de fluidos que son de interés para la investigación que se realizará)
El especialista, Roberto Pérez, explica otras circunstancias en las que el protocolo de las 72 horas también se puede aplicar. “Si la víctima está bajo los efectos de una droga o bien alcohol de igual forma se le tomará la información para poder formular una denuncia, esto siempre y cuando la persona tenga claridad en su forma de expresarse. En caso de que la víctima no tenga documentos que la identifiquen sea por que no los tiene a mano, o está en una condición migratoria irregular, de igual forma se le aplicará el proceso. Otro dato a tomar en cuenta es cuando la persona está herida, pues es vital que primero busque ayuda médica y el mismo hospital informará los hechos para que estos sean abordados a la brevedad. Estas investigaciones conllevan una serie de circunstancias dependiendo de cómo ocurran los hechos, en muchas de las situaciones que se denuncian hemos logrado evidenciar que los agresores sexuales en muchos de los casos, son personas conocidas o cercanas a las víctimas, lo que hace un poco más sencillo que las ofendidas puedan identificar al violador. Sin embargo, hay escenarios en los que se complica el proceso para poder recolectar evidencia o muestras forenses, esto lleva su tiempo y su trascendencia durante el proceso”.
En casos cuando el agresor no es conocido por la víctima, se inicia con otras diligencias más complejas por parte del Organismo de Investigación Judicial, para poder ubicar al agresor sexual y someterlo al proceso.
Hombres, protocolo 72 horas
En el caso de los hombres, el Protocolo de las 72 horas se aplica de igual forma que ocurre con las mujeres, para activar este proceso es necesario que haya una penetración o indicios de saliva de por medio, esto a pesar de que el artículo 156 del Código Penal establezca como violación diferentes escenarios, como la introducción de objetos o dedos en alguna de las cavidades, por lo que en el caso de las víctimas masculinas este protocolo solo se aplica únicamente cuando hay penetración o indicios de saliva de por medio.
Decenas de personas por día son reportadas como desaparecidas o extraviadas en nuestro país.
Tras una alerta de esta índole, las autoridades judiciales inician una serie de procesos que incluyen indagaciones, recopilación de información y solicitud de material audiovisual que permita tener más claro el perfil de la presunta víctima.
Para este análisis el material físico es vital, en especial las fotografías de la persona desaparecida o extraviada.
Según Randall Zúñiga, Director del Organismo de Investigación Judicial (OIJ), el material gráfico es una herramienta vital que les permite poder brindar características de las presuntas víctimas y favorece la labor de búsqueda. “Las fotografías se publican a solicitud de la parte afectada, en este caso a la persona que interpone el reporte por desaparición, se le solicita la fotografía, con esto lo que hacemos básicamente es tomarlo y remitirlo a la Oficina de Prensa del OIJ y ahí colocarlo en un formato en el cual se establece para ser pública especialmente en redes sociales o la página web de la entidad”.
APORTE DE LAS REDES SOCIALES
Las redes sociales abarcan toto tipo de población y esto permite tener un mejor alcance en cuanto a la información que requieren las autoridades judiciales para un caso que se investiga.
Si se habla de una persona desaparecida, las redes sociales tienen un papel importante pues se puede exponer la identidad de la persona que se requiere ubicar.
“Las redes sociales son una herramienta que se usa a nivel de la institución y que ha permitido obtener mejor información cuando investigamos un caso de este tipo, el alcance que logra es mejor inclusive que el que teníamos antes cuando solo se publicaban las fotografías en la página web. Es una plataforma que se ha vuelto bastante útil y que le sacamos el mejor provecho. Así mismo, nosotros
tenemos una compañera que nos colabora con recopilar la información que dan los usuarios de la red social sobre la búsqueda que realizamos en ese momento, reiteró Zuñiga.
DENUNCIAR ES VITAL
Antes de que el Organismo de Investigación Judicial inicie el proceso de búsqueda de una persona desaparecida o extraviada, se requiere una denuncia formal del caso ante el ente judicial. Es decir, debe estar oficialmente interpuesta la denuncia para poder emitir una publicación de una fotografía de la presunta víctima, en una situación más compleja, debe por lo menos existir una llamada al 911.
Zúñiga agregó que, “OIJ hace toda una labor previa, tiene que hacer una elaboración de riesgo, valoración de vista ampliada a la persona que interpone la denuncia, se hace un estudio victimológico y de último se procede a publicar la alerta de búsqueda en redes sociales, hay todo un protocolo que se debe seguir”.
MÁS BUSCADOS
La ayuda que pueda brindar la población para ubicar a una persona es vital, esta no solo permite a las autoridades judiciales dar con el paradero de un desaparecido, desaparecida, extraviado o extraviada, sino también puede colaborar con un caso que se investigue y que podría estar ligado a un acto delincuencial.
A nivel policial existen, por ejemplo, los más buscados, personas que son requeridas por el OIJ. En esta línea es que se publican también las fotografías de los sospechosos.
“Utilizamos las fotografías para dar con los más buscados, pero también para requeridos, además utilizamos retratos hablados, esto nos facilita la labor en la que desarrollamos la investigación” aclaró Randall Zúñiga.
INFORMACIÓN REAL
Las autoridades policiales piden a quienes den información sobre una búsqueda de una persona, que esta sea real, pues un detalle falso agrava el proceso que se desarrolla. “Una mala información brindada puede cambiar el rumbo de la investigación, existen comentarios inclusive que se pasan de tono, que van en detrimento y que están en contra de lo que la institución busca, que es identificar una persona o bien ubicarla o eventualmente detenerla.
MENORES DE EDAD DESAPARECIDOS
Los casos de menores de edad desaparecidos son los que más investigan a diario las autoridades judiciales. “Estadísticamente, la desaparición de menores de edad representa el 57% de todas las denuncias que se reciben al año. En promedio en el año 2021 se recibieron 2600 denuncias, en el año 2020, un total de 1900 y el 2019 alrededor de 2500.
El rango de edad de menores desaparecidos va de los 0 a los 17 años, siendo de los 13 a los 17 años el nivel etario con mayor cantidad de reportes. Hay varias instituciones en el país, además del OIJ que velan por esto. Otro dato importante de señalar es que las mujeres triplican a los hombres en cuanto a los casos de desapariciones.
HUYEN DE CASA
El OIJ asegura que han logrado determinar que un gran porcentaje de los casos relacionados con menores de edad desaparecidos están ligados a conflictos familiares o aquellos que logran escapar de centros donde están recluidos. “Aun cuando el caso esta ligado con una situación familiar, el OIJ siempre realiza la investigación, hasta que se logré ubicar a la persona. Tras la aparición de esta se procede a eliminar de todas las redes sociales su fotografía e información”, detalló Zúñiga.
El Director del OIJ reitera que no existe un tiempo en específico para interponer la denuncia, “no hay fecha ni hora límite, se debe hacer en el momento en que se nota la ausencia de la persona. Es importante tener una fotografía de la víctima, dar detalles de cómo andaba vestida, si tiene tatuajes, si tiene algún padecimiento, historial de la persona, todos esos detalles ayudan al proceso de análisis”.
El Organismo de Investigación Judicial recuerda que el para dar información confidencial sobre una persona desaparecida, extraviada o buscada se puede realizar a la línea confidencial 800-8000-645 del OIJ.
Antes de conocer cómo actúan las personas que suplantan identidades de terceros hay que tener claro conceptos básicos que abarcan las acciones de este tipo, el cual además es catalogado como delito por el cual se puede descontar prisión.
Empecemos por Identidad, según Maricruz González, Perita en Investigación Documental del Archivo Criminal con respecto a la identidad, la doctrina ha definido este término como aquel conjunto de características que adquiere un individuo de manera hereditaria o adoptadas a lo largo de su vida que lo hacen único y diferente al resto.
En el caso de la Identificación, reitera en que basados en alguna normativa nacional como la ley de protección de la persona frente al tratamiento de sus datos personales, se definió el término identificación como todo aquel conjunto de datos que nos permiten individualizar a una persona con respecto a terceras personas, por ejemplo: el número de cédula, el nombre y otras características de filiación.
Por su parte la Suplantación se basa en el uso no autorizado o mal intencionado de datos personales por otra persona o bien un tercero que desea actuar a nombre de la persona titular de esos datos.
Finalmente, la experta detalla sobre el término Usurpación que se trata en el apoderamiento o toma de posesión de un derecho de una persona ajena para actuar con titular de este.
Teniendo claro esto, la Perita en Investigación Documental del Archivo Criminal, reitera en que en nuestro país se logra registrar el delito de suplantación de identidad en diversos escenarios.
“El código penal establece el delito de suplantación de identidad y lo define como el apoderamiento o bien el hacerse pasar por una persona física o jurídica en medios digitales, en este caso con respecto a las pericias que realiza el Archivo Criminal sobre los temas de suplantación de identidad estas versan sobre el apoderamiento ilegitimo de los datos de una persona, pero en un
proceso penal. También está relacionado con actuaciones de las personas civiles a lo largo de la vida cotidiana, por ejemplo: sacar créditos en casas comerciales, pero en sí, más que todo las pericias que realiza el Archivo Criminal son para el proceso penal y ¿a qué me refiero con esto? Que es cuando una persona está siendo procesada penalmente y se hace pasar por otra para evadir la justicia, dependiendo el contexto en el que se desencadene esta serie de datos o bien que esta persona utilice unos datos que no le corresponde podría estar incurriendo en un delito de falsedad ideológica o también en la contravención de usurpar un nombre” dijo González.
PRISIÓN
La suplantación de identidad es un delito que tras ser comprobado por el proceso penal de nuestro país puede tener una condena que puede ir de uno a seis años de cárcel, o bien se pueden establecer días multa dependiendo la actuación de la persona.
Maricruz comenta qué, “Es una acción que decide desencadenar la persona en el momento en el que es detenido por un delito en específico, por ejemplo, un homicidio, robo entre otros. Esa persona va a ser trasladada a las celdas judiciales del Organismo de Investigación Judicial (OIJ) y ahí se les va a confeccionar una reseña policial, posteriormente también se le va a realizar una intimación y toma de datos personales en el Ministerio Público y ese en ese momento en donde generalmente las personas que figuran como imputadas en un proceso se apropian de manera ilegítima de los datos de otra persona para hacerlos insertar como propios”.
“A raíz de esa situación se generan una serie de consecuencias que de alguna manera tergiversan el proceso penal y limitan la persecución porque estaríamos frente a unos datos que no son verdaderos de la persona imputada y esto podría ocasionar que el proceso se vaya diligenciando y que encamine a la persecución con una persona que no es la que realmente es la que está siendo juzgada por ese delito, dijo la perito.
El artículo 83 del código procesal penal, establece que el imputado tiene la obligación de brindar sus datos personales de manera certera al momento en
que es procesado, sin embargo, muchos evaden esta medida, pues evitan ser identificados.
Según Maricruz González, en el Archivo Criminal se registran, aproximadamente, 80 casos por año de suplantación de identidad y esos son los que llegan al conocimiento de la policía judicial, tras esto se hace la pericia para establecer la identidad real de la persona, pero sucede en muchos casos que no hay distinción de delitos, pero si tienen consecuencias graves para la persona que fue suplantada, porque puede que le ocasione efectos como anotaciones en hojas de delincuencia y hasta detenciones que no le corresponden porque no ha sido procesada.
VÍCTIMAS
Muchas de las víctimas de suplantación de identidad, son personas cercanas al que comete el delito.
“Sucede en muchos casos, las víctimas son familiares que están dentro de la esfera o de la convivencia social del suplantador. Se da también porque la persona perdió la cédula de identidad, porque por ejemplo a raíz de otro delito esta persona imputada en el proceso tiene acceso a un documento de identidad o un tercero por ejemplo de un robo agravado, en el que usa los documentos de la víctima, tiene acceso a la cédula de identidad, se aprende los datos y luego los brindan a las autoridades judiciales para con eso buscar evadir la justicia, afirmó González.
FUGA
Dentro de los peligros procesales, que está en el artículo 240 del código procesal penal, está la posibilidad de Fuga de una persona que suplanta la identidad de un tercero. Esto lleva a un fiscal del Ministerio Publico a evaluar el caso con medidas cautelares para mantener a esa persona pegada al proceso, en muchos casos se utiliza la prisión preventiva.
HUELLAS
Por medio de la comparación de huellas que se realiza en la pericia utilizada en el Archivo Criminal, las autoridades judiciales podrán saber independientemente de los datos personales que haya brindado esta persona, si a ciencia cierta la identidad de esta es verdadera o no, ahí se establecer el proceso que se va a dirigir con el asiento nominal que corresponde.
FALLECIDAS
Según las autoridades, se han dado casos de suplantación de identidad de personas fallecidas, o bien con personas que son gemelas, y conocidos.
Lo que se hace generalmente es realizar una recopilación de pruebas para efectos del Archivo Criminal y se da prioridad a las impresiones digitales o las lofoscópicas que son comparadas posteriormente con el registro civil o aquellas instituciones que tengan información personal verás, porque se hace una investigación amplía y a raíz de esa verificación es que la entidad judicial logra determinar cuál es la identidad real de esa persona.
El outsourcing o servicio de tercerización es de las modalidades más recientes que han ubicado las autoridades judiciales de Costa Rica, ligadas con el tráfico internacional de drogas. De acuerdo con Randall Zúñiga, Director del Organismo de Investigación Judicial (OIJ), se trata de una modalidad que han venido detectando desde el 2022, aproximadamente, que no es propia de nuestro país, pero, sí es frecuente en otros países como en Suramérica. “No importa quien tenga la droga sino, quien da los servicios de tercerización o outsourcing para poder trasladar la droga almacenada y exportarla. Esta modalidad es usual en países suramericanos y ya está llegando acá”, explicó Zúñiga. ¿Cómo funciona la modalidad outsourcing en el tráfico internacional de drogas? De acuerdo con el Director del OIJ, la organización criminal recluta personal que trabaje de forma lícita en alguna empresa y que dé servicios de otra índole. “Ellos tienen sus roles, su jefatura por así decirlo y entonces hay una persona que contacta y que dice que ya tiene tanta cantidad de droga y entonces la organización le dice tengo posibilidades de hacer en esta forma o en esta otra y entonces proceden a realizar los envíos de dicha droga”. Casos relacionados A inicio de enero del 2023 se dio a conocer uno de los casos de outsourcing en Costa Rica, la nueva modalidad para envío de droga. En esta oportunidad participaron oficiales de diferentes entidades para desarticular la agrupación. Al parecer el grupo hacía los envíos de droga a Europa y la estrategia utilizada era a través del puerto de Moín en Limón, la banda era liderada por dos hermanos de apellidos Montero Pérez, razón por la cual la operación se denominó “H2”. Entre los detenidos tras los allanamientos realizados por las autoridades judiciales había personas que realizan labores de montacargas y seguridad. Además, las autoridades determinaron que los servicios que también se brindan desde Costa Rica estaban ligados con pistas de aterrizajes clandestinas. “Trabajan en una empresa de manera correcta, que brinda servicios y ellos reclutan a dos o tres personas por cada empresa y con eso cometen el delito”, aseguró Zúñiga. Hay unas cuantas personas tentadas y ellos en vez de hacer la labor que corresponde, facilitan de algún modo o se hacen de la visa gorda, por ejemplo, no revisan el camión y facilitan el acceso por parte de oficial de seguridad”, finalizó. De acuerdo con el OIJ, el uso de dos marchamos en el almacenaje del producto legal en donde iba oculta la droga era parte de la estrategia que usaba el grupo criminal. “Los marchamos es un dispositivo similar a una gran grapa con una numeración, cuando el contenedor se cierra, se pone el marchamo y no se abre hasta que llegue a su destino, cuando el marchamo se rompe nos damos cuenta de inmediato. Entonces los sospechosos se conseguían dos marchamos completamente iguales, con la misma numeración, para que genere un efecto similar al que está acá, personas infiltradas abren el contenedor en otro país, retiran la droga y le colocan el marchamo falso para que pareciera que el contenedor nunca fue manipulado”, agregó Zúñiga. “Minicarteles Criollos” El término “minicarteles criollos” es otro de los que utilizaron las autoridades judiciales para referirse a esas agrupaciones que trafican droga a nivel internacional. “Estos minicarteles criollos ya lo veíamos venir, puesto que en el reporte de situación de 2014-2018 ya visualizábamos que esto sucedería, detalló el Director del Organismo de Investigación Judicial. Otra novedad encontrada fue la contaminación realizada en los contenedores la cual se efectuó en el mismo plantel. Lo anterior, dado que la filtración de droga se realizaba anteriormente de camino al puerto donde se detenía el camión con mercancía o bien, directamente desde una bodega. La droga era enviada a España, Bélgica, Inglaterra y Países Bajos donde era recibida por personal que al igual que ellos, laboran para compañías que dan servicios portuarios. En total en este caso en particular, la policía judicial detuvo a 23 personas sospechosas de conformar la organización, además decomisaron 19 millones de colones, $33.000, nueve vehículos y dos propiedades. También se ubicaron 1,9 kilos de cocaína distribuidos en 16 contenedores en APM Terminals.
