ACCOUNTABILITY POLICIAL (RENDICIÓN DE CUENTAS)
El concepto de “accountability” policial no se limita únicamente a rendir cuentas de forma unidireccional (informativa) hacia la ciudadanía sobre la gestión desplegada sobre los fondos, bienes y recursos públicos confiados (concepto tradicional de rendición de cuentas y mala traducción del inglés del término original).
El concepto original de “accountability” contiene dos dimensiones más aparte de informar, implica la significación de “answerability” o responsividad, sea de asumir la responsabilidad que se derive de los resultados de su gestión.
El tercer concepto está estrechamente relacionado con esto último, con los resultados de la gestión, de tal forma se tiene una dimensión exigitiva de parte de la ciudadanía en la cual se reconoce la labor bien realizada, pero se penaliza o castiga cuando se hace de forma deficiente.
En este apartado se muestran los diferentes esfuerzos realizados por el Organismo de Investigación Judicial para cumplir las tres dimensiones de la accountability policial.