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Organismo de Investigación Judicial - OIJ

Organismo de Investigación Judicial, OIJ, Poder Judicial, Costa Rica, sitio oficial, transparencia

Notas importantes:

  • Este canal de comunicación es exclusivo para servicios del OIJ.
  • La hoja de delincuencia es un servicio que da el Poder Judicial, puede consultar al teléfono 800-800-3000.
  • Si desea trabajar en OIJ descargue aquí el documento correspondiente para inscribirse en un puesto policial.
 

enCONTACTO

En el Organismo de Investigación Judicial nos gustaría mantenernos en contacto. Es por eso que hemos puesto a disposición nuestro directorio telefónico, correo electrónico, horario de trabajo según oficina y dirección física para que usted pueda de diferentes formas contactarnos. La dirección de nuestra sede central es I Circuito Judicial de San José, Barrio Gonzalez Lahmann, entre Avenida 6 y 8, calles 17 y 19. También nos puedes ubicar mediante google maps a través de este enlace.

  • Nuestra central telefónica es 22953000.
  • Nuestra línea telefónica gratuita y confidencial del CICO es 800-8000-645.
  • Nuestro número de WhatsApp es 8 8000 645.
  • Nuestros correos de contacto son Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. y Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

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Administración del Sitio Web del Organismo de Investigación Judicial

mitos

Un mito es una historia irreal y fantasiosa de origen generalmente desconocido que altera la realidad creando circunstancias ficticias que tienden inducir a error a las personas. En el Organismo de Investigación Judicial no quisiéramos que confunda estos mitos o leyendas urbanos sobre la realidad del quehacer policial. De tal forma hemos hecho una compilación de los mitos más frecuentes agrupados según categoría para de una vez erradicar cualquier manifestación equivocada sobre la actuación policial y los derechos de las víctimas de delitos.

 

 

  • Hay que pagar / buscar un abogado para interponer un adenuncia (FALSO)

    La denuncia es un trámite TOTALMENTE gratuito (no tiene costo), no hay que pagar timbres o hacerse acompañar de un abogado. Nadie, ni dentro ni fuera del OIJ tienen que cobrarle por ningún trámite relacionado con poner denuncia. En el caso de querer una certificación de una denuncia interpuesta sí tiene un costo en timbres.
  • Si pongo la denuncia en Fuerza Pública ya no tengo que hacerlo en el OIJ. (FALSO)

    Presentarse a una oficina de Fuerza Pública y hacer un parte policial, decirle a un policía en la calle o llamar al 9-1-1 no es poner una denuncia en el OIJ. Usted debe interponer la denuncia en alguna de las 35 sedes policiales en todo el país.
  • Solo puede poner la denuncia donde me ocurrió el delito. (FALSO)

    Es común que las personas crean que sólo pueden denunciar en donde sucedió el hecho, pero pueden hacerlo en cualquier oficina del OIJ y luego personal del Organismo traslada la denuncia internamente a la sede que corresponda para que se le asigne un investigador.
  • Solo personas adultas pueden interponer una denuncia. (FALSO)

    Las personas menores de edad SI pueden interponer denuncias y NO es necesario que sean acompañados de una persona adulta o que tengan que tener el permiso de sus padres para denunciar, sería aconsejable que vayan acompañados, pero NO es un requisito indispensable. Hay casos en que el menor quiere denunciar hechos cometidos por los adultos más cercanos a él como un abuso sexual de su padrastro o tío por ejemplo, por lo que el OIJ también brinda esta oportunidad a las personas menores de edad.
  • Debo llevar la evidencia para que el OIJ me tome la denuncia. (FALSO)

    No es necesario llevar o aportar pruebas del delito que está denunciando, no se le pide a las personas que denuncian que se expongan buscando a sospechosos o datos, ni que graben videos o tomen fotos eso es función del OIJ.
  • Existe un monto mínimo de daño material para poner la denuncia. (FALSO)

    Las cosas o el dinero que le sustraen (asalto, robo o hurto) no tienen que tener un monto alto, todos los casos son investigados NO importa el monto (no hay monto mínimo para aceptar una denuncia), porque al OIJ lo que le interesa es detener a las personas que comenten estos delitos.
  • Debo llevar una factura o identificación de lo sustraído. (FALSO)

    No es necesario aportar la factura, la serie o la identificación de los artículos sustraídos al momento de interponer una denuncia. Si la persona ofendida las aporta es de gran ayuda para poder devolverle los artículos si se logran ubicar, pero no se les limita para recibir la denuncia.
  • Si no llevo el nombre del delincuente no me reciben la denuncia. (FALSO)

    No es necesario que dé el nombre de la o las personas que cometieron los hechos, si tiene algún dato como el nombre parcial o un sobrenombre (alias), es de utilidad para la policía, sin embargo en la mayoría de los casos se investigan hechos donde no se sabe quien es la persona que cometió el delito.
  • Existe una fecha límite para poner la denuncia. (FALSO)

    El tiempo que pase entre el momento que sucede el delito y cuando decide interponer la denuncia depende de usted, el OIJ no tiene un tiempo establecido para que usted lo denuncie, sin embargo, se recomienda hacerlo lo antes posible.
  • No se pueden reportar pasaportes extraviados/pérdidos (FALSO)

    Aunque las denuncias son únicamente para delitos, existe la posibilidad de hacer un reporte (no una denuncia) si usted pierde o extravía el pasaporte de viaje. Esta información será suministrada a la Policía INTERPOL para que el pasaporte no pueda ser utilizado por nadie más en el mundo.

  • La mayoría de los violadores son desconocidos. (FALSO)

    En realidad la mayoría de las violaciones sexuales la persona agresora es conocido por parte de la víctima. Puede ser un familiar, vecino, amistad, colegas de trabajo, figura de autoridad religiosa o educativa. El estereotipo de que las violaciones ocurren en callejones desolados por la noche con un extraño son los menos casos.
  • Un hombre no puede ser violado, menos por una mujer. (FALSO)

    La violación es la introducción de un órgano sexual o un objeto dentro de la boca, ano o vagina. Así que la penetración oral, anal o vaginal no consentida se toma como violación y la persona agresora puede ser tanto masculina como femenina, al igual que la víctima puede ser tanto hombre como mujer.
  • Esa persona se lo buscó por bailar /andar vestida de ese modo. (FALSO)

    La responsabilidad y reproche de una violación recae en la persona agresora que cometió la violación. La forma en que una persona se viste o baila no es causal ni justificación para una agresión sexual. La violación es en última instancia una manifestación de poder, control o dominación de la otra persona que se traduce en un acto sexual no deseado.
  • Todas las víctimas de violación tienen lesiones físicas visibles. (FALSO).

    No necesariamente en una violación sexual se produce una lesión o herida visible en el cuerpo. En ocasiones las cicatrices emocionales pueden ser incluso más dañinas que las físicas.
  • La víctima debe rechazar o impedir para que se configure una violación. (FALSO)

    Existe un pensamiento erróneo de que la víctima debe oponerse o al menos decir que no para que las relaciones sexuales no sean consensuadas. La realidad es que algunas víctimas debido a la conmoción o al miedo del atacante entran en un estado de shock en el cual manifiestan su indisposición por el acto sexual pero no manifiestan verbalmente su oposición.
  • No hay testigos y la policía no me creerá. (FALSO)

    Las violaciones sexuales ocurren generalmente sin un testigo que acredite el hecho. No es necesario que exista un testigo para que la Policía Judicial inicie la investigación del caso.
  • La violación en una pareja activa sexualmente no existe. (FALSO)

    La violación dentro de parejas activas sexualmente como matrimonios, relaciones de convivencia y noviazgos, independientemente de que se trate de relaciones heterosexuales u homosexuales puede ocurrir si alguna de las personas es obligada a tener sexo sin su consentimiento.
  • En caso de violación báñate y aséate inmediatamente. (FALSO)

    A pesar de que la persona afectada por una violación sexual quiere bañarse o asearse después del ataque, lo recomendable es que primero sea examinado por un médico forense del Organismo de Investigación Judicial a fin de poder obtener evidencias para el caso a investigar. Se recomienda entonces trasladarse directamente a una de las 35 sedes policiales del OIJ a denunciar.
  • Puedes reconocer a un violador por la forma de ser / como actúa. (FALSO)

    No existe un perfilado del típico violador sexual. No es posible generalizar y físicamente no tienen una característica individualizante que les haga identificable. Puede parecer personas amigables, normales y no amenazantes. Mucho son jóvenes, con un hogar, cónyuge e hijos.
  • Si no hay arma no hay violación sexual

    No es necesario que la violación sexual se haya utilizado un arma de fuego o cuchillo para cometer el ilícito. Tan solo que existe una agresión sexual sin tu consentimiento es suficiente para que ocurra el delito de violación sexual. Esta puede ser el resultado del uso de la intimidación, uso de la fuerza, chantaje, consumo de sustancias (drogas o alcohol) o una disminución de la capacidad mental o física de la víctima, sea total o parcial, permanente o transitoria.

 

 

 

 

 

Ayuda

* Anticorrupción Policial

* Régimen Disciplinario

DebateCiudadano

Como parte un esfuerzo integral de abarcar todos los temas de Participación Ciudadana el Organismo de Investigación Judicial pone a disposición de la ciudadanía un espacio para la discusión y deliberación ciudadana en torno a los temas que más les interesan sobre la actuación policial. De esta forma la Institución se asegura que la voz de toda la ciudadanía sea escuchada en un ejercicio democrático de respeto, consideración y tolerancia.

Foro de Discusión: De tal forma a fin de promover la cooperación mutua entre el Organismo de Investigación Judicial y diferentes segmentos de la sociedad para desarrollar un mecanismo de participación ciudadana, es que el Organismo de Investigación Judicial desea apoyarse en la discusión y opiniones públicas y constructivas sobre temas de diversa índole para emplearlos y servir a la comunidad. En este espacio de nuestra página web podrá manifestar sin denuestos ni vejaciones, sus preocupaciones, necesidades y expectativas de servicio sobre la Policía Judicial a fin de generar políticas institucionales en beneficio de la comunidad. También encontrará un espacio para exponer consultas, presentar ideas y sugerencias, así como para exponer quejas e inconformidades acerca del servicio brindado.

 

Muebles

Bienes Inmuebles

Los activos institucionales representan una inversión muy significativa por lo que es necesario establecer mecanismos de control que garanticen el buen uso y la existencia real del activo que sirva para realizar una administración confiable y eficiente de los mismos.

 

Bienes Inmuebles

Informes de Auditoría Interna

Como resultado de la labor fiscalizadora realizada por los diferentes órganos de control, se cuenta con una serie de informes finales en los que se emiten conclusiones y recomendaciones que procuran una mejora en los procesos y actividades de las áreas sometidas a estudio en aras de un servicio público eficiente y de calidad.

Informes de Auditorías Anuales

Informes de Auditorías Especiales

Informes de Auditoría del Gasto público

Seguimiento a Informes de Auditoría Interna

El Organismo de Investigación Judicial está sometido a diferentes medios de control tanto internos (propios e impropios) como también externos. Estos controles tienen la finalidad de perfeccionar o por lo menos mejorar el funcionamiento de la Institución dentro de una razonabilidad establecida. Cuando este ejercicio de control ocurre, es usual que existan recomendaciones que surjan producto de las evaluaciones emanadas del ente encargado, las cuales deben de cumplirse. La Policía Judicial se toma muy en serio cualesquiera que sean estas sugerencias a fin de mejorar el modelo de Sistema de Control Interno que posee.

Informes de seguimiento a las recomendaciones

 Descarga Masiva

* Comisión de Enlace Poder Judicial – OIJ

Comisión creada por la Ley Orgánica del Poder Judicial en su articulo 66 inciso 3, está conformada por seis magistrados de la Corte Suprema de Justicia, Director y Subdirector del Organismo de Investigación Judicial, le corresponde pronunciarse previamente sobre los asuntos relativos a este Organismo, que deban ser resueltos por la Corte, manteniendo una labor de vigilancia para garantizar una eficiente y correcta función policial.

* Auditoria Judicial

Es un Órgano de Control independiente y objetivo creado para validar y mejorar la efectividad y eficacia de las diferentes oficinas que componen el Poder Judicial, brindando a la ciudadanía una garantía razonable de que las actuaciones, en este caso a lo interno de nuestra institución se ejecutan dentro del marco legal y técnico establecido, para lo cual brinda informes de análisis, evaluación, comentarios y recomendaciones sobre las operaciones que fiscaliza.

* Contraloría General de la República

Es el Órgano constitucional que fiscaliza el uso de los fondos públicos que son asignados a las instituciones del Estado en cumplimiento de su objetivo de mejorar la gestión de la Hacienda Pública, contribuyendo de esta forma al control político y ciudadano, en consecuencia el Organismo de Investigación Judicial como ente estatal se rige por los principios de eficiencia y eficacia en el uso de recursos públicos que se le confían para el cumplimiento de sus fines y se somete al escrutinio contralor de ese Órgano.

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