Protección de víctimas o testigos de un delito
Descripción del servicio
El servicio del programa de protección, permite a las personas usuarias ya sean, testigos, ofendidos, jueces, fiscales, defensores u otras personas, que se encuentren en una situación de riesgo como consecuencia de su intervención, directa o indirecta, en la investigación de un delito o en el proceso, o bien, por su relación con la persona que interviene en estos, a recibir medidas de protección o medidas tendentes a salvaguardar la vida, la integridad personal, la libertad y los demás derechos de la persona protegida.
Población meta:
El programa está dirigido a la protección de los derechos de las víctimas, testigos y otros intervinientes en el proceso, bajo una presunción fundada de que exista un riesgo cierto para la vida o integridad física de la persona usuaria.
Procedimiento
La aplicación de medidas de protección extraprocesal, iniciará previa solicitud ante la Oficina de Atención a la Víctima del Delito del Ministerio Público, realizada por la persona, el fiscal, el juez, la defensa pública, el querellante, el OIJ o el Ministerio de Seguridad Pública, antecediendo la valoración de la persona usuaria en caso de la existencia de riesgo o amenaza y de la aplicación de las medidas de protección efectivas.
Tiempo
En el caso de las Regionales de Liberia, Santa Cruz y Guápiles el horario es de 07:00 a 11:30 y de 13:00 a 16:30.
En el caso de la Regional de Cartago el horario es de 07:30 a 12:00 y de 13:00 a 16:30.
Costo
No tiene costo. Es gratuito.
Contacto
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